Código Ético de RDO
El Código Ético de RDO tiene su origen en 1999 y a lo largo de los años se ha ido actualizando para reflejar las mejores prácticas en la industria del tiempo compartido.
El pasado 1 de Enero de 2010 entró en vigor el nuevo Código Ético de RDO. Éste refleja los cambios en la industria, así como la nueva legislación: la nueva Directiva de Tiempo Compartido, Roma I y la legislación sobre prácticas comerciales desleales, que dejaban obsoletas algunas partes del antiguo Código.
El nuevo Código va acompañado del programa de Resolución Alternativa de Conflictos que permite a los consumidores tener una forma alternativa efectiva de compensación.
Éste programa Alternativo de Resolución de Conflictos paneuropeo, ha sido desarrollado en cooperación con el Instituto Oficial de Arbitraje (CIArb) en línea con las directrices EEJ-net. El Servicio Independiente de Resolución de Conflictos administra independientemente el programa. El departamento de servicios al consumidor de RDO continúa resolviendo reclamaciones pero en el raro supuesto de que no se resuelvan, las reclamaciones deberán realizarse a través del procedimiento de ADR.
El cumplimiento de los estándares de mejores prácticas establecidos por el Código se gobierna por los llamados procedimientos administrativos. Los miembros de RDO tienen una excelente trayectoria en su cumplimiento del Código.
El nuevo Código de RDO atribuye derechos adicionales a los consumidores cuándo contratan con miembros de RDO, lo que no se aplica cuándo los consumidores compran a no miembros.
El texto completo del Código y el Programa de resolución Alternativa del Conflictos están disponibles aquí en formato pdf.

